El senador Eugenio Segura fue deslindado de las bardas promocionales por resolución del Teqroo

El Tribunal Electoral de Quintana Roo ratificó las resoluciones del IEQROO y de la Comisión de Justicia del PAN en dos asuntos relacionados con la presunta propaganda anticipada en Chetumal y la integración de órganos partidistas en Othón P. Blanco.

Teqroo deslinda al Senador Eugenio Segura con bardas pintadas con su nombre en Chetumal

El Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) deslindó al senador Eugenio Segura Vázquez y al Ayuntamiento de Othón P. Blanco por presuntos actos anticipados de precampaña, promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y colocación de propaganda en equipamiento urbano.

En sesión pública, el Pleno Teqroo esolvió el Recurso de Apelación RAP/005/2026 promovido por Movimiento Ciudadano, confirmando el acuerdo emitido por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO).

La controversia derivó de diversas bardas ubicadas en Chetumal con la expresión “GINO” y la imagen de un puño en alto.

Tras el análisis del expediente, el Tribunal concluyó que no existían elementos suficientes para vincular de manera preliminar al legislador con la elaboración, colocación o difusión de dicha propaganda, por lo que determinó confirmar la resolución impugnada.

Durante la misma sesión, el Pleno resolvió el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía Quintanarroense JDC/017/2026, promovido por Germán de Francisco González González, quien controvirtió una resolución de la Comisión de Justicia del Partido Acción Nacional (PAN) relacionada con su pretensión de ser designado Coordinador de Regidores e integrado al Comité Directivo Municipal de Othón P. Blanco.

Al estudiar el caso, las Magistraturas consideraron que la normativa interna del PAN no establece un derecho automático para acceder a dicho cargo por el simple hecho de desempeñarse como regidor, ya que la designación corresponde a la Presidencia del Comité Directivo Municipal en ejercicio de sus facultades estatutarias. En consecuencia, el Tribunal confirmó la resolución emitida por la instancia partidista.

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