Desde la Comisión de Justicia del Congreso del Estado, se dictaminó una reforma al Código Penal local con la que se busca incluir al catálogo de delitos graves al lenocinio infantil y con ello incrementar las sanciones para los delitos sexuales en contra de los menores.
La propuesta impulsada por la bancada de Morena plantea establecer el lenocinio infantil como un delito con su propia definición y sanción específica. Este delito castigará a quienes utilicen a menores de edad para cometer actos relacionados con la explotación sexual.
“En nuestra perspectiva, la utilización de una niña o niño en actividades sexuales, o cambio, a cambio de dinero u otra forma de retribución, constituye una de las conductas más informes y degradantes de la sociedad en la que vivimos.
“Con esta reforma estaremos protegiendo el proceso normal del desarrollo sexual de nuestros niños, niñas y adolescentes, una de las etapas que se ve afectada por la realización de conductas consideradas como crímenes de lesa humanidad”, se lee en el dictamen.
La trata de personas se dá cuando un sujeto a través de la violencia física o moral, vende a una persona ya sea para cumplir actos sexuales, prácticas análogas a la esclavitud o incluso para el tráfico de órganos. Mientras que el lenocinio infantil o prostitución infantil, es la explotación del cuerpo de un menor por medio del comercio carnal y que a través de él se obtenga un lucro de manera constante.
Quintana Roo es uno de los estado que hasta la fecha no tiene tipificado este delito en su Código, y a nivel federal es un delito de menor penalidad que castiga con prisión de dos a nueve años.
En ese sentido, la reforma plantea no solo incluir este delito, sino también establecer penas de hasta 20 años de cárcel para quienes obtengan beneficios a través del comercio sexual mediante la explotación del cuerpo de un menor en el estado.
Pero además, estas penas podrán incrementar hasta una mitad si quienes cometen este delito son padres o tutores del menor, familiares, servidores públicos o incluso ministros de algún culto religioso. Por lo que en estos casos, la pena a prisión se elevaría hasta los 30 años.
El dictamen de esta iniciativa ya se encuentra listo para ser sometido a votación, por lo que se espera que sea uno de los primeros puntos en ser atendidos de la próxima legislatura que entrará en funciones a partir de septiembre.
la verdad








