En la nueva Legislatura, la coalición gobernante de Morena, el Partido del Trabajo (PT) y el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) tendrá mayoría y con ello buscarán la aprobación del llamado Plan C, que incluye la reforma al Poder Judicial y la eliminación de los organismos autónomos.
Los partidos encabezados por Morena tendrán mayoría calificada en la Cámara de Diputados, y el INE les asignó 83 escaños en la Cámara de Senadores, con lo que se quedaron a sólo tres votos de la mayoría calificada para poder aprobar reformas constitucionales en está cámara, aunque luego dos senadores electos del PRD decidieron sumarse a la bancada guinda.
Senadores y diputados tienen la atribución de crear, reformar y derogar leyes en México, y para que una reforma sea aprobada debe pasar por las Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores. Por ello, aquí te contamos cuáles son sus facultades:
La Cámara de Diputados está conformada por 500 legisladores que representan a los votantes y tienen un periodo de tres años con posibilidad de ser electos por cuatro periodos consecutivos.
Las responsabilidades específicas de los diputados se encuentran en el artículo 74 constitucional. Estos funcionarios son los encargados de expedir el Bando Solemne para dar a conocer la declaración de Presidente Electo; coordinar y revisar el desempeño de la Auditoría Superior de la Federación (ASF); revisar la Cuenta Pública de cada año; aprobar el Presupuesto de Egresos de la Federación; declarar juicios políticos contra servidores públicos y aprobar el Plan Nacional de Desarrollo.
Asimismo, esta Cámara será la encargada de ratificar al Secretario de Hacienda y empleados superiores de la Secretaría de Hacienda. También, nombran al titular de la ASF y a los titulares de los órganos internos de control de organismos autónomos como la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) .
300 diputados son electos por medio del voto, mientras que 200 son asignados por medio del principio de representación proporcional.
Senadores
El Senado de la República está conformado por 128 legisladores, 64 son electos por voto directo, 32 por el principio de primera minoría y 32 por el principio de representación proporcional. Cabe destacar que los senadores son representantes de las entidades federativas.
Los senadores duran seis años en el cargo y tienen la posibilidad de ser reelegidos para un periodo consecutivo. Además, las facultades exclusivas de los senadores se encuentran en el artículo 76 de la Constitución mexicana.
Dentro de sus facultades específicas se encuentra el análisis de la política exterior desarrollada por el presidente de la República, así como aprobar, modificar y terminar los tratados internacionales que el mandatario en turno suscriba.
En ese sentido, la Cámara de Senadores ratifica el nombramiento del Secretario de Relaciones Exteriores, de embajadores y cónsules.
En materia de seguridad, los senadores son los encargados de aprobar el informe anual de la Guardia Nacional, dar el consentimiento del uso de elementos de la Guardia Nacional fuera de sus estados, ratificar el nombramiento de los jefes superiores de las Fuerzas Armadas y aprobar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública.
También, aprueban la salida de tropas mexicanas al extranjero, así como la admisión de soldados extranjeros en el país. Asimismo, participan en el nombramiento del titular de la Fiscalía General de la República (FGR) y de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Para elegir a la persona encargada de la FGR, el Senado integra una lista de al menos 10 candidatos y la envía al Presidente. De esta lista, el mandatario escoge una terna y la pone a consideración de dicha Cámara.
Posteriormente, los senadores entrevistan a las personas incluidas en la terna presidencial y escogen al titular de la FGR con la aprobación de dos terceras partes de los legisladores presentes.
En este caso existen dos variantes de designación directa. Si el Presidente no regresa una terna de candidatos al Senado, la Cámara elige al titular de la dependencia de entre los candidatos de la lista.
Por otro lado, si el Senado no hace la designación en los tiempos establecidos, el Presidente designa al Fiscal de entre la lista de candidatos, o de la terna correspondiente.
En el caso de los ministros, hasta ahora la Constitución establece en su artículo 96 que el Presidente de la República propondrá una terna de candidatos para ser elegidos ministros, los cuales serán entrevistados y elegidos por el Senado, con una votación de dos terceras partes de los miembros presentes.
Si el Senado no elige a los ministros en un periodo de 30 días, desde que se presentó la terna, o rechaza en dos ocasiones a todos los candidatos, el Presidente designa a los ministros.
Igualmente, los senadores declaran la desaparición de Poderes en una entidad y eligen a gobernadores interinos.
Otras de las ratificaciones que realiza está cámara son: integrantes de la Junta de Gobierno del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, del Instituto Nacional de Estadística y Geografía; del Banco de México; de la Comisión Federal de Competencia Económica; del Instituto Federal de Telecomunicaciones; de los Magistrados del Tribunal Electoral; del Titular de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente; del Comisionado Ejecutivo de Atención a Víctimas; del Presidente del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano; del Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.








