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Juez otorga un amparo al “Z-40” para que no sea juzgado nuevamente por delincuencia organizada

El caso comenzó en 2014, cuando el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Procesos Penales Federales, con sede en Toluca, determinó sobreseer una nueva acusación por delincuencia organizada contra el narcotraficante al considerar que faltaban pruebas

Un tribunal federal otorgó un amparo a Miguel Ángel Treviño Morales, alías “El Z-40” y líder del Cártel los Zetas, para que no sea juzgado de nuevo por el delito de delincuencia organizada.

El pasado 21 de julio, el magistrado Carlos Manuel Bautista Soto, del Segundo Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito, con sede en Reynosa, Tamaulipas, otorgó el amparo al narcotraficante, quien está en prisión desde 2013.

El caso comenzó en 2014, cuando el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Procesos Penales Federales, con sede en Toluca, determinó sobreseer una nueva acusación por delincuencia organizada contra el narcotraficante al considerar que faltaban pruebas, dentro de la causa penal 93/2012. Sin embargo, la resolución fue impugnada por el Ministerio Público.

Posteriormente, el Quinto Tribunal Unitario del Decimonoveno Circuito, con sede en Matamoros, determinó que el sobreseimiento del caso estaba injustificado y con ello, se quitó la protección judicial a Treviño Morales, según el juicio de amparo en revisión 361/2021.

Ante ello, el 28 de agosto de 2020, el líder del Cártel de los Zetas promovió un juicio de amparo y fue radicado en el tribunal unitario de Matamoros, quien determinó no proteger al líder de “Los Zetas”.

Sin embargo, el “Z-40” promovió un amparo contra la sentencia de dicho tribunal y le fue concedido por el magistrado Carlos Manuel Bautista Soto, quien argumentó que la nueva causa penal en su contra vulnera el principio de no ser juzgado dos veces por los mismos hechos. 

“El delito de delincuencia organizada, en esos espacios de tiempo y zonas geográficas, ya fue materia de juzgamiento, y por tanto juzgarlo nuevamente por delincuencia organizadadesde luego que vulnera ese principio de non bis in idem”, dice la sentencia.

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